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V (5ª) Directiva de prevención de blanqueo de capitales.

Axesor, en colaboración con ComplianZen, organizó el anterior miércoles 23 de junio una mesa redonda donde se presentaron todas las novedades incluidas dentro de esta V Directiva, moderada por Francisco Oviedo Gutiérrez y expuesta por Ana Belén Matellano y Luis Rodríguez Soler.

El 12 de junio se publicó finalmente en la página web del Ministerio de Asuntos Económicos el anteproyecto de la modificación de la Ley 10/2010 (Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo).

¿CUÁLES SON LAS NOVEDADES DE LA QUINTA DIRECTIVA?

Todas las novedades dentro de la Ley 10/2010 están englobadas dentro de la V Directiva (Directiva 2018/843), e incluyen nuevas modificaciones paralelas a las normativas europeas que ya fueron presentadas para la transposición de la IV Directiva (Directiva 2015/849), las cuales finalmente no se remitieron a las Cortes. Tal y como el propio Sr. Luis Rodríguez matizó en la mesa redonda, “muchos expertos y colaboradores en la redacción de la nueva directiva se encuentran sorprendidos de que se redactara una nueva legislación capada, obviando importantes colectivos que tendrían que ser considerados sujetos obligados”.

SUJETOS OBLIGADOS

En referencia a los sujetos obligados, estos han sido modificados considerablemente, añadiendo nuevos colectivos como los intermediarios en alquileres que superen una renta media mensual de 10.000 euros, los intermediarios en el comercio de arte y antigüedades, auditores de cuentas y los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual (criptomoneda) por moneda de curso legal y proveedores de servicios de custodia de monederos electrónicos. Esta inclusión se anticipa a la futura reforma de la normativa europea en este aspecto y es, sin lugar a duda, una de las adiciones principales y más importantes, teniendo en cuenta el boom del universo cripto en los últimos años.

Para este colectivo, la nueva normativa obliga a los proveedores a registrarse dentro del Banco de España en el Registro De Proveedores De Servicios De Cambio De Moneda Virtual Por Moneda Fiduciaria, que aunque en la actualidad no existe, se espera que se termine de formalizar en los próximos meses.

Previo a su registro y aceptación (que está supeditado al marco jurídico de la Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo), es necesario llevar una diligencia debida y la creación de medidas de cumplimiento análogas a las requeridas por una entidad financiera.

El resto de los nuevos sujetos obligados como los intermediarios inmobiliarios en los que se incluye el arrendamiento de bienes inmuebles por una renta superior a 10k mensuales, auditores de cuentas e intermediarios en el comercio del arte se verán obligados a actualizar sus manuales de PBCFT y PAC, actualizar los expedientes de sus clientes afectados y modificar sus sistemas de detención.

Tarjeta Ripple, Etehereum Y Bitcoin Y Micro Sdhc. V Directiva

SUJETOS OLVIDADOS

Por otro lado, el Sr. Luis Rodriguez Soler hizo alusión a los denominados “sujetos obligados olvidadizos”, que incluye a abogados, procuradores y otras profesiones independientes que participen en la compra de bienes inmuebles; los cuales se enfrentan al reto de actualizar manuales y políticas, modificar la detección de operaciones sospechosas, segregación de actividades sujetas de las no sujetas, gestión retroactiva, blanqueamiento imprudente, etc.

Los “grandes olvidados” (aunque incluidos originariamente dentro del anteproyecto) dentro de la nueva V Directiva son las SOCIMIS y las plataformas de financiación participativa (crowdfunding), Los expositores los consideran como dos de los principales vehículos usados para el blanqueo imprudente.

TITULARIDAD REAL

Respecto a la Titularidad Real, se hace especial énfasis a través de diversas medidas como la mención expresa a los trust y la imposición de la obligación a las empresas de tener la documentación sobre la titularidad real a disposición de las entidades y autoridades.

Por cada letra incumplida de Titularidad Real, la sanción asociada será a partir de 60.000€. Por último, la mención de la práctica de la usura en los tiempos que corren y de cómo las mafias están ahogando la economía. Entidades como la Camorra, la ‘Ndrangheta y la Cosa Nostra fingen regalar millones en ayudas para después activar el bucle del que es imposible salir. En España, con la inminente llegada de los Fondos Europeos, pondrán su atención en ellos; y la necesidad de los empresarios a sobrevivir también serán focos de especial interés para las mafias.

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