| | |

El tráfico de influencias

Cuando hablamos del tráfico de influencias nos referimos a un delito que consiste en utilizar la posición, relaciones o poder para obtener favores en detrimento de la transparencia y la equidad. Es decir, se trata del uso indebido de la influencia para beneficio personal o de terceros en ámbitos gubernamentales y/o empresariales. Puede manifestarse a través de manipulación de decisiones, o la obtención de privilegios a través de conexiones personales.

El tráfico de influencias socava la equidad y la transparencia, rompe la confianza en las instituciones y debilita la integridad de los procesos decisionales.

Este fenómeno puede observarse en varios ámbitos, incluyendo la política, los negocios y la administración pública. En el contexto político, tenemos como ejemplo el nepotismo, conocido comúnmente como «amiguismo», o favoritismo en la asignación de contratos públicos. En un ámbito de administración, podemos encontrar el uso de la influencia para agiliza un trámite o, por el contrario, hacer uso del tiempo para que una sanción administrativa prescriba, aminorar o eliminar una multa, etc.

Pero ¿qué consecuencias hay ante tal infracción? Las leyes en España contemplan este delito y prohíben este tipo de prácticas, las cuales cuentan con sus correspondientes sanciones tanto para personas físicas como jurídicas.

Tratándose de una persona física la penalización es de prisión de entre cinco y nueve años, según lo dispuesto en el Código Penal español. En el articulo 430 se establece que aquellas personas que cometan un delito de tráfico de influencias serán castigadas con entre seis meses y dos años de prisión para los responsables, en función de la gravedad del delito cometido.

En caso de estar relacionada una autoridad o un funcionario público en el delito, a este se le impondrá una pena de inhabilitación de su cargo y una incapacitación de presentarse a cargos electorales por un período que se encuentra entre los cinco a los nueve años.

Asimismo, existen otras consecuencias que pudieran ser impuestas como la disolución de la persona jurídica, suspensión de actividad de hasta de cinco años, inhabilitación para obtener subvenciones, ayudas o cualquier tipo de contrato con el sector público. Las personas jurídicas también pueden ser responsables penalmente por delitos de tráfico de influencias, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Penal.

Esta responsabilidad se deriva de la actuación de sus representantes legales o de quienes actúen en su nombre, así como de la falta de control o de medidas preventivas adecuadas por parte de la empresa.

Las sanciones para las personas jurídicas pueden incluir la disolución de la empresa, la suspensión de sus actividades, la prohibición de contratar con el sector público, la intervención judicial, multas económicas y otras medidas previstas en la legislación.

Uno de los ejemplos más famosos y mediáticos es el Caso Lezo, caso de corrupción que implicó a importantes figuras políticas y empresariales en el año 2017. Este escándalo se convirtió en un símbolo de la lucha contra la corrupción en España y generó mucha más conciencia sobre la necesidad de abordar la corrupción en el espacio público, así como la necesidad de una mayor vigilancia y rendición de cuentas. El fortalecimiento de mecanismos de control y transparencia en el ámbito gubernamental con el propósito de aminorar el riesgo de futuros casos de corrupción cada vez fue ganando mayor relevancia.

El Caso Lezo tuvo como protagonista Ignacio González González, quien desempeño la presidencia de la Comunidad de Madrid desde 2003 hasta 2015.

Las pesquisas revelaron una red de corrupción vinculada a la gestión pública, habiendo de por medio malversación de fondos y tráfico de influencias.

En abril de 2017 la Unidad Central Operativa llevó a cabo una serie de arrestos, entre ellos el del Sr. González por su presunta participación en actividades corruptas durante su mandato. Se le acusó de encabezar una red de personas que se lucraban ilegalmente a través de la empresa pública de aguas Canal de Isabel II.

Asimismo, se incluyeron en el caso supuestas prácticas fraudulentas en la compra de la firma colombiana INASSA, también dedicada a la gestión de aguas. Aparentemente la compra de dicha entidad se realizó a costa de las arcas públicas, y por ende de los contribuyentes, por un precio mucho mayor al razonable.

El expresidente enfrentó cargos de malversación de fondos, organización criminal, prevaricación y blanqueo de capitales. Igualmente, otros miembros de su administración y empresarios destacados fueron arrestados en relación con el caso. La investigación destapó que había involucrados políticos, funcionarios públicos y empresarios que se aprovechaban de su posición para obtener beneficios indebidos.

Para evitar la responsabilidad penal de las personas jurídicas, es fundamental adoptar medidas preventivas y de control adecuadas. Entre estas medidas se encuentran la implementación de políticas y procedimientos internos de cumplimiento normativo, la designación de un responsable de cumplimiento, la realización de auditorías y controles internos, así como la capacitación y formación de los empleados y directivos en materia de prevención de delitos.

Desde Grupo GAT recalcamos la importancia de la transparencia y las prácticas empresariales éticas. Somos expertos en proporcionar asesoría a terceros en materia de prevención de riesgos y cumplimiento, herramientas necesarias para detectar, subsanar y prevenir la corrupción.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

3 × 1 =