| |

LA DEFENSA DE LOS INTERESES EUROPEOS – la EEAS

Hace unas semanas os hablábamos de la OFAC, Office of Foreign Assets Control, ente regulatorio norteamericano encargado de la aplicación de las sanciones internacionales estadounidenses dentro del marco de la seguridad nacional. Pero ¿sabíais que Europa también tiene una organización similar?

Hoy os presentamos la European External Action Service (EEAS), el organismo europeo encargado de la redacción de políticas que defiendan los intereses de la Unión Europea. Sus orígenes se remontan a la Constitución Europea original del año 2004, donde se puso sobre la mesa la necesidad de crear un departamento único de relaciones exteriores que representara los intereses de la Unión Europea.

Aunque en un primer momento se desechó esta idea, en el año 2009 con la firma del Tratado de Lisboa se estableció el artículo 13a-III, donde se crearon los cimientos legales de la European External Action Service (EEAS).

Tras el nombramiento de Catherine Ashton como Alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad de la Unión Europea (abreviado como AR) en el año 2010, se empezó a diseñar la estructura interna de la EEAS tal y como la conocemos actualmente.

Como organismo, la EEAS gestiona las políticas generales en materia de relaciones exteriores, seguridad y defensa de laUE. Aunque tanto el AR como la propia EEAS pueden preparar iniciativas, son los estados miembros los que toman las decisiones políticas finales. El trabajo de los AR depende directamente del Parlamento Europeo.

Este organismo está gestionado por un secretario general Ejecutivo (actualmente, Stefano Sannino), el cual opera bajo la autoridad del AR. Esta figura adoptará todas las medidas necesarias para garantizar el funcionamiento del organismo, garantizando una coordinación eficaz entre los diversos departamentos.

Por debajo del Secretario General Ejecutivo, existen tres Secretarios Generales Adjuntos, los cuales se dedican a cuestiones administrativas (Helena König), a la formulación de la política exterior (Enrique Mora Benavente) y a los asuntos económicos y globales (Charles Fries), respectivamente. Estos secretarios son nombrados directamente por el Secretario General Ejecutivo, y su mandato.

A diferencia de la OFAC, el marco de actuación de la EEAS es mucho más amplio, y no se centra únicamente en emitir sanciones como su homólogo norteamericano. Según el tratado de Lisboa, la EEAS es la encargada del funcionamiento de las delegaciones y oficinas de la Unión Europea en todo el mundo. Su función principal es la representación de la UE en los países donde tienen sede, promoviendo los valores e intereses de la unión.

Son responsables de todas las áreas políticas de la relación entre la UE y el país anfitrión, ya sean políticas, económicas, comerciales o de derechos humanos, y de construir relaciones con socios de la sociedad civil. Además, analizan e informan sobre la evolución política en los países europeos. También programan la cooperación al desarrollo a través de proyectos y subvenciones.

Un aspecto fundamental de una Delegación es su función de diplomacia pública, que consiste en aumentar la visibilidad, la conciencia y la comprensión de la UE.

Dentro del marco regulatorio aplicable en la EEAS, dos de las políticas principales por las cuales se rige este organismo son:

  • Common Security and Defence Policy (CSDP) – En el marco de la Política Común de Seguridad y Defensa, la UE asume un papel de liderazgo en las operaciones de mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos y el fortalecimiento de la seguridad internacional. Desde que se lanzaron las primeras misiones y operaciones de la CSDP en 2003, la UE ha llevado a cabo 36 operaciones en el extranjero, utilizando misiones y operaciones civiles y militares en varios países de Europa, África y Asia.
  • Foreign Policy Instruments (FPI) – El FPI actúa como primera respuesta ante las necesidades y oportunidades de política exterior en la promoción de intereses y valores de la UE, prevención de conflictos, paz y estabilidad, abastecimiento responsable de minerales o, por ejemplo, la observación electoral.

Tal y como os comentábamos hace unas semanas, con el conflicto entre Rusia y Ucrania, la OFAC y la EEAS han comenzado a trabajar conjuntamente para luchar contra la prevención de financiación del terrorismo y la emisión de sanciones intercontinentales, teniendo en cuenta que ambas organizaciones tienen un enfoque distinto en lo que respecta a la emisión de sanciones.

En la actualidad, la EEAS continúa aplicando sanciones de importante calado a personas físicas y jurídicas que se encuentren implicadas directa o indirectamente con organismos públicos rusos. Hace un mes, la propia organización emitió un nuevo listado con 120 nuevos nombres a sancionar.

Adicionalmente, la EEAS se encuentra estudiando un paquete de sanciones dirigidos hacia el grupo terrorista Hamas y aquellas entidades bancarias que colaboren activamente con la organización. Estas sanciones incluirán, entre otras medidas, prohibiciones de visado a miembros del grupo extremista, o para aquellas personas que ataquen a civiles y lleven a cabo sanciones de derechos humanos.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

10 − siete =